Restricción en Inversiones (Compra Dólar MEP, CEDEARs, etc.) para Exportadores que ingresan dólares sin pesificar

Si bien se viene anunciando «la salida del CEPO», o sea la eliminación de restricciones para el ingreso y egreso de dólares al/del país todavía no se ha eliminado completamente el control de cambios con «tipo de cambio oficial» para los exportadores en general (Com. A 6770 del 1/9/2019).  

En el caso particular de los exportadores de servicios, existe una excepción a ese cepo para poder ingresar libremente hasta USD 36 mil dólares anuales sin pesificar, o sea recibiendo dólares billete acreditados en la cuenta local en USD, regulada por una norma del Banco Central, la «Com. A 7518» del 2/6/22.

Pero justamente en esa norma el BCRA establecía la restricción de NO PODER COMPRAR DÓLAR MEP, CEDEARS y algunos otros activos (ver detalle más abajo), para aquellos que accedían a ese ingreso de USD sin pesificar (la restricción llegó a ser para los 180 días previos y los 180 días posteriores a cada ingreso de dólares sin pesificar por exportación de servicios).

Si bien el Gobierno ha venido dando diversas señales de desregulación (de hecho esta restricción era por 180 días y la acortó a 90 días, y todo indica que esta restricción que viene del gobierno anterior tendría que desactivarse en breve), la norma todavía sigue teniendo vigencia y en consecuencia eso hace que si querés seguir ingresando los dólares sin pesificar, deberías respetar esa restricción, dado que al momento de ingresar tus dólares «aceptás términos y condiciones» de esa norma vigente y eso implica en el texto de la letra chica, que estás haciendo una «declaración jurada» de que efectivamente no has comprado ni comprarás en los 90 días previos y posteriores ninguno de esos activos. 

En conclusión, mientras no se derogue esta norma (algo que sería razonable que ocurra durante este año), acá te copiamos el texto de la norma vigente para que revises o te asesores en caso de próximas inversiones, para que luego no tengas problemas al momento de liquidar el ingreso de tus USD por el banco (en caso que el banco detecte la existencia de inversiones en la norma, procederá a liquidarte la operación pesificándola al tipo de cambio oficial y a acreditarte los pesos resultantes en tu cuenta en pesos, en lugar de los billetes dólar en tu cuenta de dólares).

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