Cambios en Monotributo – Ley 27.743 («Paquete Fiscal») aprobada el 27/6

 Finalmente resultó aprobada por el Congreso la nueva Ley 27.743 de «Paquete Fiscal» (Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes) y publicada según Decreto 593/24 el Lunes 8 de Julio en el Boletín Oficial. Destacamos aquí los cambios propuestos para el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes («Monotributo») que impactan en Contractors y Freelancers.

Cabe destacar que la tan reciente publicación (en esta fecha) de esta norma con la nueva tabla de importes de facturación y pagos, ha demorado la implementación de la instancia de «Recategorización» de los monotributistas que normalmente AFIP lleva a cabo del 1 al 20 de Julio y al momento de publicación de esta nota estamos a la espera de definiciones de AFIP sobre el tema.

Por último queremos aclarar que, si bien en el ámbito impositivo la AFIP aumentó las escalas de facturación, permitiendo la permanencia en el Régimen Simplificado con niveles de facturación más altos, en el ámbito cambiario el BCRA todavía mantiene en vigencia para los Exportadores de Servicios  el límite anual de ingreso en dólares sin pesificar de USD 12.000 (Com A 7518 del 2/6/2022).

“Título VI – Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes – Artículos 85 a 97“

– NUEVOS LÍMITES DE FACTURACIÓN – UNIFICACIÓN DE LÍMITES PARA SERVICIOS Y VENTA DE BIENES

El tope vigente en el primer semestre de 2024 de $ 11.916.410 de facturación anual pasa a $ 68.000.000 (un promedio de $ 5,6 millones mensuales de facturación), el límite de facturación de la Categoría K, que ahora aplicará tanto para la Venta de Bienes como también para la facturación por Servicios: ambas modalidades podrán tener ingresos máximos al mismo nivel, sin diferenciar como antes entre la Categoría H para Servicios y la K para Venta de Bienes.

– FECHAS DE VIGENCIA PARA LÍMITES DE FACTURACIÓN Y PARA EL PAGO MENSUAL

Los parámetros de facturación ampliados se actualizarán en forma retroactiva a partir del 1° de Enero de 2024 (lo que aliviará a aquellos que venían facturando al límite en este primer semestre), pero en lo que hace al pago mensual (que incluye impuesto integrado, aportes previsional y de salud) no habrá retroactivos, ya que si bien el proyecto modifica las categorías de facturación desde Enero, se dispone que los cambios en los montos de las cuotas a ingresar serán recién a partir del primer día del mes siguiente al de la publicación de la ley.

– EXCLUSIONES

Aquellos que fueron excluidos automáticamente del Monotributo a partir del 1 de Enero de 2024, en base a los parámetros existentes antes de la entrada en vigencia de la presente ley, tendrán la oportunidad de volver a adherirse al mismo Régimen Simplificado por única vez, encuadrándose con sus parámetros de categorización, sin tener que esperar el plazo habitual de tres años calendarios.

– ACTUALIZACIÓN DE NUEVOS IMPORTES

Se establece la actualización semestral de las tablas de facturación/categorías a partir del 2025 en los meses de Enero y Julio,

y se faculta asimismo al Poder Ejecutivo para modificarlas durante 2024, siendo la siguiente la nueva tabla vigente:

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