Ingreso de dólares: se elimina el cepo / sin límite para exportadores de servicios

 Una nueva norma del BCRA del 18 de Septiembre, la Comunicación «A» 8330, dispuso dejar sin efecto el límite anual de ingreso de dólares sin pesificar para exportadores de servicios (USD 36.000 existente desde la Com. A 8153 del 12/12/24, y que estaba vigente desde el 1/1/25) habilitando para las personas humanas la excepción en la obligación de liquidación (pase a pesos) de los cobros
de exportaciones de servicios AHORA SIN LÍMITE DE MONTO (recordemos que en una Argentina muy regulada históricamente en el tema cambiario, numerosas operaciones de ingreso de divisas siguen teniendo la obligación de liquidarse en moneda local, así que esta nueva medida es una distinción especial que reciben los Contractors y Freelancers para incentivarlos a que puedan regularizar sus cobranzas sin tener que utilizar circuitos alternativos informales más riesgosos o costosos, pudiendo acceder al dólar billete de libre disponibilidad sin ninguna quita o merma por restricciones regulatorias cambiarias.

Asimismo la norma plantea que las entidades financieras no podrán cobrar comisiones a personas humanas residentes por las acreditaciones de ingresos de divisas del exterior, ya sea que se trate de cobros por exportación de servicios, ingreso de fondos propios o remesas de ayuda familiar, entre otras operaciones. Sin embargo, esta norma aclara que no impide que se trasladen a los clientes los cargos que pudieran corresponder por los servicios prestados por las entidades intervinientes del exterior en la transferencia (las típicas comisiones de comercio exterior que se cobran los bancos corresponsales en las transferencias internacionales con código SWIFT que requiere el sistema argentino), siempre y cuando estos costos estén debidamente documentados.

Esta nueva norma profundiza el camino de apertura iniciado el 2/6/22 con la Com. A 7518 que autorizaba el ingreso de hasta USD 12 mil anuales, luego ampliado a USD 24 mil en Julio 24 y luego a USD 36 mil en Enero 25, y representa para el Estado una nueva fuente de oferta de dólares para el mercado local (se estima hasta ahora un volumen de unos USD 400 millones de dólares mensuales, que podría verse incrementado), y para los contractors y freelancers significa una oportunidad para formalizar y poder justificar y certificar ingresos del exterior a través de la emisión de facturas de exportación de servicios, asegurándose el libre uso de los dólares ya sea para retirarlos en efectivo, o para venderlos total o parcialmente en la misma institución bancaria y así hacerse de pesos para pagar cuentas locales, o canalizarlos en forma de ahorro en el mismo banco que los recibe o en cualquier broker local.

Por último, conviene recordar que si bien esta norma flexibiliza el ingreso de los dólares como una estrategia del Estado a través de la política cambiaria no sólo para generar mayor oferta de dólares en el mercado local, sino también para reducir la informalidad, hay que tener en cuenta ciertas implicancias impositivas; al emitir una factura E de exportación de servicios, ARCA considera el tipo de cambio del día de la emisión para computar en el acumulado de facturación anual que luego determinará los impuestos a pagar, y entonces dada la reciente suba del tipo de cambio, habrá que ir monitoreando lo facturado y lo proyectado para no tener sorpresas impositivas.

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