Se amplía el plazo de 5 a 20 días para el ingreso de dólares del exterior

Novedad en la normativa para el ingreso de los dólares por exportación de servicios: según la «Com. A 8116» del Banco Central de la República Argentina, con fecha 10 de Octubre de 2024, se extendió el plazo de 5 a 20 días hábiles (a partir de la fecha de cobro) para el ingreso de los dólares por exportación de servicios, lo que representa una mayor flexibilidad para la operatoria de contractors y  freelancers.

La nueva normativa permitiría agrupar en una única transferencia varios cobros de un período de tiempo más amplio.

Asimismo, recordamos que se mantiene vigente la Com. A 7518, luego actualizada por la Com. A 8074 de BCRA, para el ingreso de hasta USD 24 mil anuales sin pesificar (con factura E de exportación e ingreso por vía bancaria), y por ahora también para acceder a ese procedimiento de ingreso de dólares, sigue vigente la restricción de determinadas operaciones con títulos valores (como compra de dólar MEP y otras de CEDEAR y activos a liquidar en dólares) durante 90 días previos y posteriores al ingreso de dólares sin pesificar (esta restricción en algunos casos -títulos de legislación extranjera- se extendía hasta 180 días, pero con la Com A 8108 del 19/9/24 se unificaron los plazos en un único término de 90 días).

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